Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Octubre de 2013, F. 361. XLIX

Sentido del falloDECLARA MAL CONCEDIDO - RECURSO ORDINARIO DE APELACION
Fecha01 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 361. XLIX.

    RECURSO DE HECHO

    F., R.B. y otro el Uniquim S.R.L. si ordinario. Vistos los autos:

    "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa F., R.B. y otro c/ Uniquim S.R.L. s/ordinario", para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con los requisitos establecidos por el arto 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

    Por ello, se la desestima.

  2. perdido el depósito de fs.

    1. N. y, oportunamente, archivese.

    RICARDO ~UlS LORENZETTf ELENA 1.HIGHTON de N. f RIQUE S. PETRACCHI

    Recurso de hecho interpuesto por Uniquim S.R.L., en calidad de parte demanda- da, representada por la Dra.

    M.C.M.. Tribunal de origen:

    Cámara Nacional de Apelaciones en 10 Comercial, S.D.T. que intervinieron con anterioridad:

    Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nO 8.

    D.O.

    00000001

    00000002

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