Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Octubre de 2013, A. 548. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha01 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 548. XLIX.

RECURSO DE HECHO

Ahumada, C.A. el Granero, C.A.- to si ordinario. Buenos Aires, vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Ahumada, C.A. cl G.C.A. si ordinario", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordi.nario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se la desestima.

D. perdido el depósito de fs.

44.

N. y, oportunamente, archívese.

R.;LU/S .. . lORENZETrr / ~RACCHI JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por C. ~berto G., representado por Lo- rana E.S., con el patrocinio letrado del Dr. L.A.K.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, S.F.T. que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nO 18.

D.O.

00000001

00000002

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