Resolución Nº 2011/2013

EmisorMinisterio de Educacion
Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2013



MINISTERIO DE EDUCACION

ResoluciónNº 2011/2013Bs. As., 30/9/2013

VISTO el Expediente Nro. 9686/13 del registro de este MINISTERIO DE EDUCACION; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita un pedido de autorización para el cambio de denominación y para la reforma del Estatuto del INSTITUTO DE ENSEÑANZA SUPERIOR DEL EJERCITO “MAYOR FRANCISCO ROMERO” (IESE).

Que el INSTITUTO DE ENSEÑANZA SUPERIOR DEL EJERCITO “MAYOR FRANCISCO ROMERO” (IESE) fue creado el 29 de octubre de 1990 mediante Resolución del entonces denominado Ministerio de Educación y Justicia Nro. 2024.

Que asimismo, el Estatuto vigente de la precitada Institución Universitaria fue aprobado por Resolución del entonces denominado Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología Nro. 369 de fecha 9 de setiembre de 2003.

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior, las Instituciones Universitarias deben comunicar a este MINISTERIO DE EDUCACION las modificaciones que introduzcan en sus estatutos académicos a efectos de verificar la adecuación de la reforma estatutaria a la legislación vigente y ordenar, de corresponder, la pertinente publicación en el Boletín Oficial.

Que tanto el cambio de denominación del INSTITUTO DE ENSEÑANZA SUPERIOR DEL EJERCITO (IESE) “MAYOR FRANCISCO ROMERO” por el de INSTITUTO UNIVERSITARIO DEL EJERCITO “MAYOR FRANCISCO ROMERO” (IUE), como las modificaciones introducidas al Estatuto de la precitada Institución Universitaria no ameritan la formulación de objeciones de parte de este MINISTERIO DE EDUCACION.

Que en consecuencia, corresponde proceder a la aprobación del cambio de denominación solicitado y de la reforma estatutaria que se trajo a conocimiento de esta autoridad de aplicación y disponer la publicación del texto del estatuto reformado en el Boletín Oficial.

Que se han acompañado los actos internos que dan cuenta de la aprobación de la reforma en el seno de la Institución Universitaria de que se trata.

Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCION NACIONAL DE GESTION UNIVERSITARIA, dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha emitido el dictamen de su competencia.

Que las facultades para dictar el presente acto resultan de lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley de Educación Superior Nro. 24.521.

Por ello,

EL MINISTRO

DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Aprobar el cambio de denominación del INSTITUTO DE ENSEÑANZA SUPERIOR DEL EJERCITO “MAYOR FRANCISCO ROMERO” (IESE) por el de INSTITUTO UNIVERSITARIO DEL EJERCITO “MAYOR FRANCISCO ROMERO” (IUE).

ARTICULO 2°

— Aprobar la reforma del estatuto del ex INSTITUTO DE ENSEÑANZA SUPERIOR DEL EJERCITO “MAYOR FRANCISCO ROMERO” (IESE), ahora INSTITUTO UNIVERSITARIO DEL EJERCITO “MAYOR FRANCISCO ROMERO” (IUE), que se sometió a la consideración de esta autoridad de aplicación.

ARTICULO 3°

— Ordenar la publicación en el Boletín Oficial el texto del Estatuto del INSTITUTO UNIVERSITARIO DEL EJERCITO “MAYOR FRANCISCO ROMERO” (IUE), citado en el artículo anterior.

ARTICULO 4°

— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.

ANEXO

INSTITUTO UNIVERSITARIO DEL EJERCITO

“Mayor FRANCISCO ROMERO”

ESTATUTO

INDICE

BASES

  1. Ideas rectoras

  2. Objetivos

  3. Políticas permanentes

CAPITULO I SEDE LEGAL Y MISION DEL IUE Artículos 1 y 2
Artículo 1

Sede Legal.

Artículo 2

Misión.

CAPITULO II DE LA ESTRUCTURA DEL IUE, LA ENSEÑANZA, LA INVESTIGACION, Y LA EXTENSION Artículos 3 a 7
Artículo 3

Estructura.

Artículo 4

La enseñanza en el IUE.

Artículo 5

La especificidad de la Educación en el IUE.

Artículo 6

La investigación.

Artículo 7

La extensión.

CAPITULO III ORGANOS DE GOBIERNO DEL IUE Artículos 8 a 35
Artículo 8

Organos de Gobierno.

SECCION I - CONSEJO SUPERIOR Artículos 9 a 12
Artículo 9

Misión del Consejo Superior.

Artículo 10

Organización del Consejo Superior.

Artículo 11

Funciones del Consejo Superior.

Artículo 12

Sesiones y Resoluciones.

SECCION II - RECTORADO Artículos 13 a 16
Artículo 13

Misión del Rectorado.

Artículo 14

Rector.

Artículo 15

Vicerrector.

Artículo 16

Consejo Asesor Permanente.

SECCION III - DE LAS FUNCIONES UNIVERSITARIAS Y PREUNIVERSITARIAS Artículos 17 a 27
Artículo 17

Organización.

Artículo 18

Secretaría Académica.

Artículo 19

Secretario Académico.

Artículo 20

Secretaría de Investigación y Vinculación Tecnológica.

Artículo 21

Secretario de Investigación y Vinculación Tecnológica.

Artículo 22

Secretaría de Extensión.

Artículo 23

Secretario de Extensión.

Artículo 24

Secretaría de Asuntos Preuniversitarios.

Artículo 25

Secretario de Asuntos Preuniversitarios.

Artículo 26

Departamento de Planeamiento Estratégico y Presupuestario.

Artículo 27

Departamento de Apoyo y Asuntos Administrativos.

SECCION IV - UNIDADES ACADEMICAS Artículos 28 a 32
Artículo 28

Organos de Gobierno.

Artículo 29

El Consejo Académico.

Artículo 30

El Director/Decano.

Artículo 31

El Subdirector/Vicedecano.

Artículo 32

Los Secretarios.

SECCION V - UNIDADES EDUCATIVAS Artículos 33 y 34
Artículo 33

Organo de Gobierno.

Artículo 34

El Director.

SECCION VI - INSTITUTOS O CENTROS DE INVESTIGACION Artículo 35
Artículo 35

Organos de Gobierno.

CAPITULO IV DE LOS INTEGRANTES DEL IUE Artículos 36 a 41
Artículo 36

Integrantes.

Artículo 37

Docentes.

Artículo 38

Personal Civil no docente.

Artículo 39

Personal Militar no docente.

Artículo 40

Alumnos.

Artículo 41

Graduados.

CAPITULO V DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo 42
Artículo 42

Régimen Docente.

BASES

El Instituto Universitario del Ejército “My Francisco Romero” (IUE), integra el Sistema Educativo Nacional con la finalidad primaria de brindar una formación profesional, científico-tecnológica, humanística y técnica del más alto nivel en las áreas específicas del conocimiento militar y de la Defensa, y la de contribuir con una oferta de estudios de nivel preuniversitario sustentada en el concepto de unidad del proceso educativo.

Conforme con las facultades otorgadas por las leyes vigentes sobre educación es que dicta su propio Estatuto, desarrolla sus planes de estudio, otorga títulos profesionales y certificados de estudios realizados en sus Unidades Académicas y establecimientos educativos dependientes, y nombra y remueve a sus docentes y personal, en un todo de acuerdo con este marco jurídico, con la normativa de la Fuerza a la cual pertenece y de quien obtiene su principal fuente de financiamiento, y las políticas y disposiciones del Ministerio de Defensa.

  1. Ideas rectoras

    El IUE orienta la acción que desarrollan sus Unidades Académicas y establecimientos educativos dependientes, sobre la base de los siguientes principios:

    1. De carácter general:

      1. La igualdad de oportunidades y de acceso a una formación integral y permanente para el hombre y la mujer, con vocación nacional, perspectiva regional y universal, y de realización como personas, acorde con sus proyectos de vida y capacidades.

      2. El desarrollo del conocimiento junto al de actitudes guiadas por valores de vida, libertad, bien, verdad, paz, justicia, tolerancia e igualdad, para el ejercicio de una ciudadanía responsable, con compromiso y protagonismo creativo en la sociedad, con pensamiento crítico y conciencia ética y solidaria, defensora de las instituciones democráticas, los derechos humanos la cultura, el medio ambiente y los recursos naturales de la Nación.

      3. El fortalecimiento de la identidad nacional respetando las idiosincrasias locales, provinciales y regionales, promoviendo el desarrollo social, cultural, científico y tecnológico, y el crecimiento económico del país.

      4. El impulso a la investigación como la función básica mediante la cual el Instituto formará a sus estudiantes y actualizará su enseñanza orientada a la Defensa Nacional, al Ejército Argentino y su medio, y aportará soluciones a las distintas problemáticas que se presenten en los diferentes campos en que se desarrolla, en forma integrada con el sistema de Educación Superior y de Ciencia y Tecnología del país, y atento a los avances científico-tecnológicos a nivel mundial.

    2. De carácter particular:

      1. La formación del personal del ejército basada en la premisa de idoneidad profesional, vocación de servicio y responsabilidad como funcionarios públicos en quienes la sociedad confía la defensa de los intereses vitales de la Nación.

      2. La equidad de género e igualdad de oportunidades y exigencias entre los hombres y mujeres que integren el Ejército.

      3. El desarrollo y actualización del saber militar y de los conocimientos que requiere un profesional idóneo para el Siglo XXI, para poder comprender y actuar en escenarios bélicos cada vez más complejos, inestables, multiculturales, y caracterizados por exigir la...

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