Disposición Nº 2980/2013

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2013



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

DisposiciónNº 2980/2013Bs. As., 27/9/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0009296/2013 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 25.871, el Decreto Nº 1177 del 23 de agosto de 2013, la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Nº 761 del 1º de agosto de 2013, las Disposiciones DNM Nº 644 del 5 de mayo de 2010 y Nº 2083 del 16 de agosto de 2011, el Acuerdo celebrado mediante el intercambio de Notas Reversales entre los Gobiernos de la REPUBLICA ARGENTINA y del ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA del 14 de mayo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.871 estipula que el ingreso y egreso de personas al Territorio Nacional se realizará exclusivamente por los lugares habilitados por la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, sean éstos Terrestres, Fluviales, Marítimos o Aéreos, oportunidad y lugar en que serán sometidas al respectivo control migratorio.

Que los artículos 34, 107 y 108 de la citada ley prevén la facultad de esta Dirección Nacional para habilitar los sitios y modos en que se desarrollarán los controles del ingreso y egreso de personas hacia y desde el Territorio Nacional.

Que la Disposición DNM Nº 644/10 creó el Registro Unico de Pasos Fronterizos, mientras que mediante la Disposición DNM Nº 2083/11 se aprobó el listado actualizado de Pasos, Puertos y Aeropuertos habilitados para el tránsito internacional de personas.

Que en virtud del dictado del Decreto Nº 1177/13 el personal de la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA está siendo trasladado para cumplir nuevas funciones, lo que ha determinado la necesidad de reasumir el control migratorio delegado en esa POLICIA MIGRATORIA AUXILIAR en distintos pasos de frontera.

Que a consecuencia de lo expresado, anteriormente, se hizo necesario incorporar y capacitar a una importante dotación de personal en el ámbito de esta Dirección Nacional.

Que esta reasunción de funciones en los pasos fronterizos por parte de esta dotación de personal propio, debe establecerse en forma coordinada, ordenada y progresiva entre la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES y la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA.

Que la Resolución DNM Nº 2775/84 habilitó para el tránsito internacional de personas al Aeródromo San Martín de los Andes, delegando la función de contralor migratorio en la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia tornan necesario el traspaso de la autoridad de control migratorio en el Aeródromo San Martín de los Andes —hoy Paso Fronterizo “AER018 - Aeropuerto Aviador Carlos Campos” de la Localidad de Chapelco— a la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA toda vez que esa fuerza se encuentra en condiciones...

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