Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Septiembre de 2013, P. 549. XLIX

Sentido del falloDEJA SIN EFECTO - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha24 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 549. XLIX.

    RECURSO DE HECHO

    P., M. l. el D.C.A. 51 materia a eategorizar. Buenos Ai res, .2L¡ d.e.- Vistos los autos:

    "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa P., M.

    1. cl D., C.

  2. si materia a categorizar", para decidir sobre su procedencia.

    Considerando: Que la queja reglada en ,los árts.

    285--y, sgtes'. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación requiere, para su precedencia, que se haya interpuesto y denegado una apela- ~éión -ordinaria o extraordinariapara ante esta Corte, sin que ~ en el caso bajo examen se haya dado cumplimiento a dicha exigen- . cia. Por ello, se desestima la presente queja.

  3. y archívese.

    RDO LUIS LORENZErn E. RAUL ZAFFARONI CARMEN M. ARGIBAY

    Recurso de hecho interpuesto por M. l.

    P., abogada en causa propia.

    T.~unal de origen:

    Suprema COrte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

    Tribunales que intervinieron con anterioridad:

    Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Matanza y Juzgado de ~amilia nO 6 del Departamento Judicial de La Matanza.

    D.O.

    00000001

    00000002

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