Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Septiembre de 2013, A. 444. XLIX

Sentido del falloCONFIRMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha24 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 444. XLIX. A., J.C. (TF 33.425-1) el DG1. ~M‹W 8~ de ~ de la GlVacúm Q9/¡w~jU 67~ Buenos Aires, J.4 &.e -‹!ef hetJ-t6re c!e. ~D /3. Vistos los autos:

"A., J.C. (TF 33.425-1) el OGIO. Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se lo desestima.

Con costas.

N., y devuélvase.

~pZ~v£L¿ J:.. ENRIQUE S. PETRACCHI E. RAUL ZAFFARONI CARMEN M. ARGIBAY

Recurso extraordinario interpuesto por el Fisco Nacional (AFIP - DGI), representado por el Dr. Víctor Arie1 Roccatag1iata, con el patrocinio letrado del Dr. C.M.. Traslado contestado por la parte actora, J.C.A., representado por el Dr. ~berto T.. Tribunal de origen:

Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en 10 Conten- cioso Administrativo Federal. Tribunal que intervino con anterioridad:

Tribunal Fiscal de la Nación.

D.O.

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