Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, O. 250. XLVI
Sentido del fallo | CONFIRMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL |
Fecha | 17 Septiembre 2013 |
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
O.
250.
XLVI.
ORIGINARIO
Obra Social para la Actividad Docente el Co- rrientes, Provincia de sI ejecuci6n fiscal. Autos y Vistos; Considerando:
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) Que a fs.
4/7 la Obra Social para la Actividad Docente promueve ejecución fiscal contra la Provincia de Corrientes, con el objeto de obtener el cobro de la suma de $ 11.777,51 en concepto de aportes adeudados y pagos fuera de término, con sus correspondientes intereses, cuyo detalle resulta del certificado de 'deuda que acompaña número 4749.
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) Que a fs.
51/54 la ejecutada opone las excepciones de inhabilidad de titulo y pago total, aduciendo que el certificado de deuda fue llenado en forma inexacta y que del informe producido por la Tesoreria General del Ministerio de Educación y Cultura de Corrientes, surge que se han abonado los aportes correspondientes a dicha Obra Social por los periodos reclamados.
-
) Que a fs.
63 la actora admite que efectivamente la provincia demandada ha efectuado los pagos correspondientes a los periodos reclamados, y en consecuencia manifiesta que deviene abstracta la cuestión.
Desiste de la acción y solicita que se la exima de las costas del proceso.
Corrido el traslado pertinente, la demandada se opone por los argumentos que desarrolla a fs.
74.
4 0) Que las costas deben ser impuestas a la actora dado que en el sub lite no se presentan los supuestos de excepción que autoricen a apartarse del principio según el cual si el proceso se extinguiere por desistimiento, las costas serán a
cargo de . qUlen desiste (articulo 73 , . parra fa segundo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .
Por e 1lo, se resuelve: Tener a la actor a la acción .
Con costas.
Notifíquese ELENA CARMEN M.A
O.
250.
XLVI.
ORIGINARIO
Obra Social para la Actividad Docente el Corrientes, Provincia de sI ejecuci6n fiscal.
Parte actora:
Obra Social para la Actividad Docente, representada por los doctores F.J.Q., L.G.M., Maria Gabriela M.
Gallegos y H.R.G..
Parte demandada:
Provincia de Corrientes, representada por el Fiscal de Estado doctor C. ~bertoP. y por el Procurador del Tesoro doctor L.E.R.V..
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D.O.
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