Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, F. 618. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 618. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

F., E.;Héctor s/ homicidio cali- ficado - causa nO 365/2010. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la Defensora Oficial de E.H.F. en la causa F., E.H. s/ homicidio calificado causa nO 365/2010°, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. er y archívese.

SMAQUEDA E. RAULZAFFARONI CARMEN M. ARGIBAY

Recurso de hecho interpuesto por E.H.F., asistido por la Dra. S.S. de Z., Defensora Oficial. Tribunal de origen:

Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Tribunal que intervino con anterioridad:

Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe. -2- L

D.O.

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