Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, F. 509. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 509. XLVII. RECURSO DE HECHO F.S.A. y otro el EN - SCI - Oisp. 472/07 sI recurso. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por Frávega SACr e r en la causa Frávega S.A. y otro c/ EN - scr - Disp.

472/07 s/ recurso., para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el planteo de fs. 39/41 vta. es improcedente en tanto la resolución de fs. 249/249 vta. de los autos principales fue consentida por la recurrente.

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se resuelve: 1) Denegar el planteo de fs. 39/41 vta.; 2) Rechazar el recurso de hecho incoado a fs. 31/34 vta.

D. perdido el depósito de fs. 2. N. y, oportunade los autos principales.

ELENA 1.HIGHTON de NOLASCO ./ AQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por F.S. e I, representada por el Dr. M.L., con el patrocinio del Dr. J.J. Crotto. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Adminis- trativo Federal, S.I..

D.O.

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