Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, A. 176. XLVI

Sentido del falloDECLARA CADUCIDAD -
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 176. XLVI.

ORIGINARIO

A.M., J.J. el ARBA si amparo. Buenos Aires, Autos y Vistos; Considerando:

Que desde el 11 de octubre de 2011 (ver fs.

51), ha transcurrido en exceso el plazo previsto en el art.

310, inc.

  1. , del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte actora hubiere realizado acto alguno tendiente a interrumpir el curso de la perención.

Por ello, se resuelve:

Declarar operada la caducidad de la " instancia en estas actuaciones.

Con costas (art.

73 del citado código).

N. y, oportunamente, archivese.

Parte actora:

J.J.A.M., representado por el Dr. G.A.- fo L. (letrado patrocinante) . Parte demandada:

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (AR- EJ\) • -2- r ?

D.O.

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