Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Septiembre de 2013, A. 170. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 170. XLVII.

RECURSO DE HECHO

Arfuch, L.C. el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos si arto 3 ley 24.043. vistos los autos:

uRecurso de hecho deducido por la actora en la causa Arfuch, L.C. el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos si arto 3 ley 24.043", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

N. y, oportuna- e ívese. RICARDO LUIS LORENZETTI JUAN CARLOS MAQUEDA E. RAULZAFFARONI

A. 170. XLVII.

RECURSO DE HECHO

Arfuch, .L.C. el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos si arto 3 ley 24.043.DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR E. R.Z. Considerando:

Que a juicio del Tribunal corresponde solicitar los autos principales y, con arreglo a lo ,dispuesto en el arto 33, inc. a, ap.

5 de la ley 24.946, dar ulterior intervención a la senora Procuradora General de la Nación a fin de que dictamine sobre la cuestión que, de naturaleza federal 'se invoca en el recurso ante esta C E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por el actor, L.C.A., representado por la Dra.

E.C. Moreno. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Adminis- trativo Federal, S.I..

D.O.

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