Resolución 1695/2013
Emisor | Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos |
Fecha de la disposición | 17 de Septiembre de 2013 |
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA
Resolución1695/2013Apruébase el “Régimen de Presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral”.
Bs. As., 17/9/2013
VISTO el Expediente Nº S04:0044258/2013 del registro de este ministerio, la LEY DE ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA Nº 25.188 y su modificatoria Ley Nº 26.857, el Decreto Nº 895 del 5 de julio de 2013, y la Resolución General de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Nº 3511 del 10 de julio de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la LEY DE ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA Nº 25.188 se estableció el Régimen de Declaraciones Juradas Patrimoniales para los Funcionarios Públicos.
Que a los fines de dotar de una mayor transparencia al desempeño de la función pública, mediante la Ley Nº 26.857 se estableció que las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales en materia de ética en el ejercicio de la función pública, serán de carácter público y de libre accesibilidad vía Internet, poniendo en cabeza de la ciudadanía el conocimiento y la evaluación de las referidas obligaciones.
Que la Ley Nº 26.857, a los fines de instrumentar la publicación de las declaraciones juradas de los funcionarios públicos, establece que la misma se realizará en el sitio de internet de la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que deberá mantenerse actualizado.
Que en ese orden, se estableció que las Declaraciones Juradas Públicas y el Anexo Reservado deberán ser presentadas por los funcionarios mencionados en el artículo 5° de la Ley Nº 25.188 y artículo 3° de la Ley Nº 26.857 ante la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS en el caso del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que en relación a los restantes sujetos obligados, la Ley Nº 26.857 dispuso que sus declaraciones juradas deberán ser remitidas a las dependencias que respectivamente cada Poder determine, las que asimismo deberán enviar las Declaraciones Juradas Públicas a la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que hasta tanto los Poderes Legislativo y Judicial y el MINISTERIO PUBLICO DE LA NACION no designen la mencionada dependencia, la presentación...
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