Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Septiembre de 2013, A. 1123. XLVII

Sentido del falloCONFIRMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha03 Septiembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 1123. XLVII. Abastecimientos Hospitalarios S.A. el EN - M S O y AS - Hospital Nacional Prof. A.P. sI contrato administrativo. Buenos Aires, 3› k ~e+i~..e k.

Zo(~. Vistos los autos:

"Abastecimientos Hospitalarios S.A. cl EN - MO S Y AS - Hospital Nacional Prof.

A.P. si con- trato administrativo". Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos términos se dan por reproducidos en razón de brevedad.

Por ello, y de conformidad con el referido dictamen, se declara admisibl.e el recurso extraordinario interpuesto por la parte actora y se confirma la sentencia apelada.

N. y remítase. ..----- ~v/ DO LUIS LORENZETT' / CARLOS S. FAYT JUAN CARLOS MAQUEOA

Recurso extraordinario interpuesto por Abastecimientos Hospitalarios S.A., actora en autos, representada por el Dr. A.D., en calidad de apoderado. Traslados contestados por Estado Nacional, Ministerio de Salud de la Nación, demandado en autos, representado por la Dra.

E.C.P., en ca- lidad de apoderada, y por el Hospital Nacional Prof. A.P., code- mandado en autos, representado por la Dra.

L.C., en calidad de apo- derada. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Adminis- trativo Federal, S.I.. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nO 8.

D.O.

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