Resolución Nº 245/2013
Fecha de disposición | 28 Agosto 2013 |
Fecha de publicación | 04 Septiembre 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32715 |
Bs. As., 28/8/2013
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
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- Sancionar a la “EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA” (“EDENOR S.A.”) con una multa de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL VEINTICINCO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 144.025,17), por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 inciso a) del Contrato de Concesión y en el punto 2 del Subanexo 4 del referido contrato, en virtud de los apartamientos a los niveles de Calidad del Producto Técnico detectados durante el 28° Semestre de Control de la Etapa 2 (comprendido entre el 1° de marzo de 2010 y el 31 de agosto de 2010), de conformidad a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución y el Informe Técnico e Informe Jurídico producidos. La sanción impuesta en este Artículo, con la modificación establecida en el Artículo 27 de este acto, deberá acreditarse a los usuarios involucrados de acuerdo al detalle incluido en el Anexo 1 del Informe Técnico.
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- Sancionar a “EDENOR S.A.” con una multa de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL VEINTINUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 208.029,75), por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 inciso a) del Contrato de Concesión y en el punto 2 del Subanexo 4 del referido contrato, en virtud de los apartamientos a los niveles de Calidad del Producto Técnico detectados durante el 29° Semestre de Control de la Etapa 2 (comprendido entre el 1° de septiembre de 2010 y el 28 de febrero de 2011), de conformidad a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución y el Informe Técnico e Informe Jurídico producidos. La sanción impuesta en este Artículo, con la modificación establecida en el Artículo 27 de este acto, deberá acreditarse a los usuarios involucrados de acuerdo al detalle incluido en el anexo 1 del Informe Técnico.
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- Sancionar a “EDENOR S.A.” con una multa de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 268.559,80), por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 inciso a) del Contrato de Concesión y punto 2 del Subanexo 4 del referido contrato, en virtud de los apartamientos a los niveles de Calidad del Producto Técnico detectados durante el 30° Semestre de Control de la Etapa 2 (comprendido entre el 1° de marzo de 2011 y el 31 de agosto de 2011), de conformidad a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución y el Informe Técnico e Informe Jurídico producidos. La sanción impuesta en este Artículo, con la modificación establecida en el Artículo 27 de este acto, deberá acreditarse a los usuarios involucrados de acuerdo al detalle incluido en el anexo 1 del Informe Técnico.
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- Sancionar a “EDENOR S.A.” con una multa de PESOS QUINIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 522.238,17), por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 inciso a) del Contrato de Concesión y punto 2 del Subanexo 4 del referido contrato, en virtud de los apartamientos a los niveles de Calidad del Producto Técnico detectados durante el 31° Semestre de Control de la Etapa 2 (comprendido entre el 1° de septiembre de 2011 y el 29 de febrero de 2012), de conformidad a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución y el Informe Técnico e Informe Jurídico producidos. La sanción impuesta en este Artículo, con la modificación establecida en el Artículo 27 de este acto, deberá acreditarse a los usuarios involucrados de acuerdo al detalle incluido en el anexo 1 del Informe Técnico.
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- Sancionar a “EDENOR S.A.” con una multa en pesos equivalente a CINCO MIL (5.000) kWh, por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 incisos x) e y) del Contrato de Concesión y en el punto 3 del Anexo a la Resolución ENRE Nº 172/1996, en el 31° Semestre de Control de la Etapa 2 (comprendido entre el 1° de septiembre de 2011 y el 29 de febrero de 2012), debido a la presentación extemporánea del cronograma de medición correspondiente a la entrega Nº 453, con destino a la cuenta corriente ENRE 50/652 Recaudadora Fondos de Terceros Nº 2.915/1989 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, de conformidad a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución y el Informe Técnico e Informe Jurídico producidos. El valor de la multa deberá ser calculado de conformidad a la instrucción contenida en la nota ENRE Nº 20.046.
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- Sancionar a “EDENOR S.A.” con una multa en pesos equivalente a CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL (4.950.000) kWh, por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 incisos a) e y) del Contrato de Concesión, en los puntos 4 y 5 del Anexo a la Resolución ENRE Nº 172/1996 y en el Artículo 3 inciso c) del Reglamento de Suministro, en el 28° Semestre de Control de la Etapa 2 (comprendido entre el 1° de marzo de 2010 y el 31 de agosto de 2010), respecto a DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO (275) casos por no haber medido en término y/o porque el usuario firmó la planilla de conformidad fuera de término o por no haber tramitado el Reclamo válidamente, de conformidad a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución y el Informe Técnico e Informe Jurídico producidos. La sanción impuesta en este Artículo deberá acreditarse a los usuarios involucrados de acuerdo al detalle incluido en el anexo 2 del Informe Técnico, según estén encuadrados en tarifa T1R, T1G, T2 o T3. El valor de la multa deberá ser calculado de conformidad a la instrucción contenida en la nota ENRE Nº 20.046.
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- Sancionar a “EDENOR S.A.” con una multa en pesos equivalente a...
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