Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Agosto de 2013, R. 293. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha27 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 293. XLIX.

RECURSO DE HECHO

Ricagno, J.C. el Caja de Seguros S.A. si ordinario . . ..~ ~dejU rfTeMf~ 'OeO"' A'ceo, .ti j r j MI'? Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Ricagno, J.C. cl Caja de Seguros S.A. si ordinario", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

D. perdido el depósito de fs.

78.

N. y, oportunamente, archivese.

ELENA\. HIGHTON de NOlASCO NRIQUE S PETRACCHI

Recurso de hecho interpuesto por la Caja de Seguros S.A., en calidad de parte demandada, representada por la Dra.

M.I.C., con el patrocinio letrado de la Dra.

L.F.C.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, S.C.T. que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 24.

D.O.

00000001

00000002

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