Resolución 372/2013

Fecha de disposición20 Agosto 2013
Fecha de publicación23 Agosto 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32707



Comisión Nacional de Regulación del Transporte

TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS

Resolución372/2013Régimen de Penalidades por Infracciones a las Disposiciones Legales y Reglamentarias en Materia de Transporte por Automotor de Jurisdicción Nacional. Resolución Nº 315/1994. Modificación.

Bs. As., 20/8/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0097845/2013 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 315 de fecha 1° de agosto de 1994 del registro de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, se estableció un sistema de pago en cuotas mensuales de las sanciones de carácter pecuniario aplicadas o que se aplicaren en el futuro de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 21.844 y su reglamentación.

Que, en procura del logro de una mejor y más equitativa administración del sistema, se dictó la Resolución Nº 990 de fecha 13 de julio de 1995 del registro de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, por medio de la cual se sustituyeron los Artículos 1° y 2° de la resolución antes descripta, admitiendo períodos de pagos más extensos.

Que la Ley Nº 25.561, en su Artículo 1° declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria.

Que en consecuencia, se dictó la Resolución Nº 383 de fecha 9 de abril de 2002 del registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, en la cual se disminuyó el monto mínimo de cada una de las cuotas para acceder a un convenio de pago, a fin de mitigar las profundas dificultades por las que atravesaba el sector del transporte por automotor.

Que los grandes desequilibrios producidos en los últimos años en todos los ámbitos de la economía global, generaron una importante crisis económico-financiera mundial y una situación de incertidumbre general que derivó en la instrumentación de políticas por parte del Estado Nacional conducentes a compensar los desfasajes existentes.

Que se vienen realizando sostenidos esfuerzos a fin de asegurar el normal desenvolvimiento del transporte; conservar las fuentes de trabajo y satisfacer necesidades colectivas primordiales, asegurando a la población el acceso irrestricto al mismo.

Que resulta conveniente facilitar la cancelación de las deudas originadas por aplicación de los regímenes sancionatorios vigentes, a través de convenios de pago que prevean una mayor flexibilidad en la cantidad de las cuotas que las previstas en la actualidad.

Que las personas físicas y jurídicas...

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