Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba - Sentencia nº 78 de Sala Laboral, 30 de Julio de 2013

Número de sentencia78
Fecha30 Julio 2013
Número de registro98165708
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Justicia de Córdoba de Argentina)

SENTENCIA NUMERO: SETENTA Y OCHO

En la ciudad de Córdoba, a los treinta días del mes de julio del año dos mil trece, siendo día y hora de Audiencia, se reúnen en Acuerdo Público los integrantes de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia, doctores L.E.R.C.F.G.A. y M.M.B. de Arabel, bajo la presidencia del primero de los nombrados, a fin de dictar sentencia en estos autos: "ORPIANESI EDGAR ALBERTO C/ BLOCK X SA – ORDINARIO - DESPIDO – RECURSO DE CASACION" 92125/37; a raíz del recurso concedido a la actora en contra de la sentencia N° 106/10, dictada por la Sala Primera de la Cámara Única del Trabajo, constituida en Tribunal Unipersonal a cargo del señor J.D.V.H.B. -Secretaría N° 2-, cuya copia obra a fs. 70/75 vta., en la que se resolvió: “I) Rechazar la demanda promovida por EDGAR ALBERTO ORPIANESI en contra de la empresa BLOCK X S.A., con respecto a todas las diferencias pretendidas en concepto de incidencia sobre el sueldo informal. II) Admitir parcialmente la acción impetrada por el pretensor y, en consecuencia, condenar a la demandada a abonarle las diferencias y por los importes resultantes sobre los rubros: Integración del mes de despido ($101,50); Indemnización por Antigüedad ($ 840); Indemnización por omisión del Preaviso ($ 210), Vacaciones no gozadas -2006- ($ 340) y por un día de Abril de 2008. ($ 5,99). III) El monto definitivo se determinará en la etapa previa a la ejecución de la sentencia, de conformidad a las bases antes indicadas y los intereses establecidos en los considerandos. IV) Imponer las costas por los rubros admitidos a cargo de la accionada y diferir la regulación de honorarios de todos los profesionales intervinientes, para cuando haya base definitiva para ello y así lo soliciten los interesados. V) Cumpliméntese la ley 6468 (t.o. 8404).".

Oportunamente se fijaron las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA CUESTION: ¿Es procedente el recurso de casación interpuesto por la parte actora

SEGUNDA CUESTION: ¿Qué resolución corresponde dictar

Practicado el sorteo de ley resultó que los señores Vocales emitieron su voto en el siguiente orden: doctores L.E.R., C.F.G.A. y M.M.B. de Arabel.

A LA PRIMERA CUESTION PLANTEADA:

El señor Vocal doctor L.E.R., dijo:

  1. El impugnante se agravia por el rechazo de las pretensiones salariales e indemnizatorias sustentadas en la percepción mensual y habitual de una parte de sus haberes “en negro”.

    Denuncia que la argumentación brindada por el a quo es errónea y constituye un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR