Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Agosto de 2013, R. 717. XLV

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha14 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 717. XLV. R., C. el Edenor S.A. y otro sI proceso de conocimiento. ,.

.' Buenos Aires, Vistos los autos:

"R., C. cl Edenor S.A. y otro si proceso de conocimientoH• Considerando:

Que el recurso extraordinario de fs.

666/682 es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, oida la señora Procuradora Fiscal, se lo desestima.

Con costas (art. 68 del código citado).

N. y, oportunamente, devuélvase.

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E. RAULZAFFARONI

".

R. 717. XLV. R., C. el Edenor S.A. y otro si proceso de conocimiento. , -/ /-DENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON R.L.L. y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES D.J.C.M.;DA y E.

RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos términos se dan por reproducidos en razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada.

Costas por su orden dada la complej idad de la cuestión debatida (art.

68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente.

No- ~ • RENZETTI JUAN CARLOS MAQUEDA E. RAUL ZAFFARONI

Recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional - ~nisterio de Eco- nomia, representado por la Dra. C.O.'Urso. Traslado contestado por H. ~varo y otros, representados por el Dr. L.J.V.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en 10 Civil y Comercial Federal, S.I.. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en 10 Civil y Comercial Federal nO 6.

D.O.

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