Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Agosto de 2013, C. 333. XLIX

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha14 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

",,,1,,‹ Competencia N° 333. XLIX. V., G., B., G., E., Truppa y B. si trata agravada de menores de edad pi ejercer prostitución. CJ9f4lo ‹kjU rf/~ Buenos Aires, /4 tU. ~-to cJ.r¿ 20/3. Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en la Competencia N° 2.XLV.

"C.E., Severiana y otro s! inf. arto 127 bis del C.P.", sentencia del 9 de junio de 2009, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora General de la Nación, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar de P., al que se le remi tirá.

A. copia del mencionado precedente y del correspondiente dictamen.

H. saber al Tribunal Oral en lo Criminal nO 1 del Departamento Judicial Dolores, provincia de Bue- nos Aires. ~---- CARLOS MAQUEDA E. RAULZAFFARONI

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