Disposición Nº 1271/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2013

VISTO:

El Expediente N° 2.110.407/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Oficina Comercial", para el inmueble sito en la calle Reconquista N°

1166 Piso 1° U.F. N° 2, con una superficie a habilitar de 243,78 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH 51 "Catedral al

Norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto

Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007. Los usos son los correspondientes al Distrito

de Zonificación C2;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

3447250-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el

Distrito;

Que los usos consignados Permitidos son: "Servicios Terciarios: Oficina Comercial -

Oficina Consultora";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Servicios Terciarios: Oficina Comercial - Oficina Consultora", para el

inmueble sito en la calle Reconquista N° 1166 Piso 1° U.F. N° 2, con una superficie a

habilitar de 243,78 m2, (Doscientos cuarenta y tres metros cuadrados con setenta y

ocho decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que

resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,

modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta

Dirección General.

Artículo 3° La...

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