Resolución Nº 1214/2013

Fecha de disposición22 Julio 2013
Fecha de publicación15 Agosto 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32702



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

ResoluciónNº 1214/2013Bs. As., 22/7/2013

VISTO el Expediente Nº 63.217/13 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 24.241, Nº 24.557, Nº 26.425, Nº 26.773, los Decretos Nº 2.104 de fecha 4 de diciembre de 2008, Nº 2.105 de fecha 4 de diciembre de 2008, las Resoluciones S.R.T. Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, Nº 1.154 de fecha 11 de septiembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que a través del artículo 36, apartado 1°, inciso e) de la Ley Nº 24.557 se estableció, dentro de las funciones inherentes a la S.R.T., la de dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio y determinar su estructura organizativa.

Que en tal sentido, mediante la Resolución S.R.T. Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009 —con las modificaciones introducidas por la Resolución S.R.T. Nº 1.154 de fecha 11 de septiembre de 2012— se aprobó la actual estructura orgánica funcional del Organismo.

Que el Punto 7 de las Acciones de la Gerencia General, contenidas en el Anexo II de la Resolución S.R.T. Nº 772/09, establece: “Proponer las modificaciones a la estructura organizacional de la S.R.T. que sean necesarias para un mejor cumplimiento de los objetivos y políticas específicas, así como de las funciones derivadas de la normativa vigente”.

Que en ejercicio de tales facultades, el Señor Gerente General impulsó la modificación a la mentada estructura.

Que la medida promovida encuentra fundamento en el impacto operativo provocado por la ampliación de la cobertura, el impulso de las acciones preventivas y el ordenamiento sobre reparación de daños derivados de los accidentes y enfermedades profesionales que ha implicado la última modificación al sistema de riesgos del trabajo.

Que asimismo, el control del otorgamiento íntegro y oportuno de las prestaciones de ley a los trabajadores, tiene como correlato la necesidad de fortalecer las acciones inspectoras, correctivas y sancionatorias, determinando la necesidad de reorganizar la actual estructura orgánica funcional para crear nuevas áreas de trabajo, precisando y delimitando sus objetivos, misiones y funciones en forma acabada, a efectos de asegurar un mayor control del cumplimiento de la normativa que hace a la función esencial del Organismo.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 36, apartado 1°, inciso e) y el artículo 38 de la Ley Nº 24.557, del artículo 15 de la Ley Nº 26.425 y de los Decretos Nº 2.104 y Nº 2.105, ambos de fecha 4 de diciembre de 2008.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE

DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébase la estructura orgánico funcional de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), de conformidad con el organigrama que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2°

— Apruébanse los Objetivos, Misiones y Funciones de las distintas áreas que se indican en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3°

— Apruébese el Glosario que como Anexo III forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 4°

— Deróguense las Resoluciones S.R.T. Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009 y S.R.T. Nº 1.154 de fecha 11 de septiembre de 2012.

ARTICULO 5°

— La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 6°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

ANEXO I

ANEXO II

DESCRIPCION DEL ORGANIGRAMA FUNCIONAL 2013

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) es una entidad autárquica en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION, con las funciones y atribuciones que le otorga las Leyes Nros. 24.557 y 26.773, el Decreto Nº 1.694/09, sus modificatorias, complementarias y reglamentarias.

Misión:

Garantizar el efectivo cumplimiento del derecho a la salud y seguridad de la población cuando trabaja, promoviendo la Cultura de la Prevención.

Controlar el efectivo cumplimiento de la normativa en materia de Higiene, Salud y Seguridad Laboral y de Prevención y Reparación de los daños derivados de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Objetivos primarios:

  1. Controlar el cumplimiento de las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

  2. Supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las A.R.T./E.A.

  3. Controlar el cumplimiento y calidad en la realización de exámenes periódicos y pre-ocupacionales.

  4. Garantizar el otorgamiento de las prestaciones médico-asistenciales y dinerarias en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

  5. Promover la prevención para conseguir ambientes laborales sanos y seguros.

  6. Imponer las sanciones previstas en la Ley Nº 24.557.

  7. Mantener el Registro Nacional de Incapacidades Laborales.

  8. Entender en el establecimiento conjunto con la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) de los indicadores a tener en cuenta por las A.R.T. para establecer su régimen de alícuotas.

    Al Superintendente reportan directamente la Gerencia General; Unidad de Auditoría Interna; el Gabinete de Asesores; la Gerencia de Comunicación Institucional y Capacitación y la Gerencia de Planificación, Información Estratégica y Calidad de Gestión.

    UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

    Misión:

    Integrar el sistema de control interno con el alcance y características establecidos en la Ley Nº 24.156 y su reglamentación, aplicando un modelo de control integral e integrado que abarque aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, para la verificación del cumplimiento de políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior y del mantenimiento de un adecuado sistema de control interno en el ámbito del Organismo, privilegiando los criterios de: economía, eficacia y eficiencia.

    Funciones:

  9. Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna y someterlo a la aprobación del Superintendente y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

  10. Diseñar, planificar, coordinar y ejecutar, los proyectos y actividades previstas en el Plan Anual de Auditoría Interna y los que el Superintendente o la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le encomienden.

  11. Practicar los análisis, inspecciones, verificaciones y pruebas que considerare necesarios sobre las distintas áreas, actividades, procesos o programas del Organismo y requerir la información que sea necesaria para ello.

  12. Revisar y evaluar integralmente la aplicación de controles operacionales, informáticos, contables, de legalidad y financieros.

  13. Emitir los informes resultantes de las auditorías ejecutadas y de las actividades cumplidas, y formular las recomendaciones y observaciones pertinentes, poniéndolos en conocimiento de los responsables de las áreas y elevándolos al Superintendente, como así también sometiéndolos a consideración de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

  14. Efectuar seguimientos periódicos y reportar el estado de situación de los hallazgos u observaciones originados en sus propios informes o en los generados por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION u otros Organismos de control.

  15. Asesorar en la determinación de normas y procedimientos propios de Control Interno.

  16. Normar métodos y procedimientos de auditoría que resultaren aplicables en razón de los riesgos y realidades de la institución.

  17. Cumplir con los requerimientos que formule la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, en su condición de Organo Rector del Sistema de Control Interno.

    GABINETE DE ASESORES

    Funciones:

  18. Colaborar en la realización de los planes o programas de transformación, reestructuración y/o fortalecimiento del Organismo y asesorar técnicamente a sus máximas autoridades en las materias de su competencia y en las cuestiones que se les demandaren.

  19. Asesorar a la Gerencia General en las materias en que ésta sea competente.

    GERENCIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL Y CAPACITACION

    Misión:

    Colaborar al desarrollo de una cultura de prevención de los Riesgos del Trabajo, planteando y ejecutando líneas de acción, planes y programas en términos de capacitación externa, vinculación con Organismos públicos y privados, difusión y comunicación institucional, que aporten al cumplimiento de los objetivos estratégicos del Organismo.

    Funciones:

  20. Diseñar y controlar el Plan de Comunicación tendiente a difundir el funcionamiento del Sistema de Riesgos de Trabajo y el rol de la S.R.T.

  21. Entender en la administración de los contenidos publicados en la Web Institucional y redes sociales.

  22. Coordinar la gestión de los recursos comunicacionales para difusión de contenidos de Higiene, Salud y Seguridad Laboral, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo y Sistema de Riesgos del Trabajo.

  23. Diseñar y controlar el Plan Anual de Capacitación Externa en materia de Higiene, Salud y Seguridad Laboral y Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, así como del Sistema de Riesgos del Trabajo.

  24. Entender en las relaciones de la S.R.T. con los Organismos Internacionales vinculados directa o indirectamente a los Riesgos Laborales en particular y al Trabajo y la Seguridad Social en general.

  25. Asistir al Superintendente en la supervisión del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la S.R.T. con relación al fortalecimiento institucional de los Organismos provinciales intervinientes en los convenios operativos.

  26. Aprobar las respuestas al Ministerio de Trabajo, Empleo y...

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