Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba - Sentencia nº 35 de Sala Laboral, 14 de Mayo de 2013

Número de sentencia35
Fecha14 Mayo 2013
Número de registro98165645
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Justicia de Córdoba de Argentina)

SENTENCIA NUMERO: TREINTA Y CINCO

En la ciudad de Córdoba, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil trece, siendo día y hora de Audiencia, se reúnen en Acuerdo Público los integrantes de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia, doctores L.E.R., C.F.G.A. y M.M.B. de Arabel, bajo la presidencia del primero de los nombrados, a fin de dictar sentencia en estos autos: "IGLESIAS VERONICA C/ SISTEMA DE URGENCIAS DEL ROSAFE S.A. - ORDINARIO - DESPIDO - RECURSO DIRECTO" 96612/37, a raíz del recurso concedido a la parte actora en contra de la sentencia N° 209/09, dictada por la Sala Séptima de la Cámara del Trabajo constituida en Tribunal unipersonal a cargo del señor juez doctor A.B. -SecretaríaN.° 14-, cuya copia obra a fs. 115/159 vta., en la que se resolvió: “I) Rechazar la demanda planteada por la actora, señora V.I., en contra de Sistema de Urgencias del R.S.A., en cuanto pretendía el pago del salario del mes de abril de 2008; días laborados mes de mayo 2008; vacaciones proporcionales no gozadas año 2008; SAC segundo semestre 2006, primero y segundo semestre año 2007, y proporcional primer semestre año 2008; integración mes de despido; indemnizaciones por antigüedad; sustitutiva por omisión de preaviso y las previstas por el artículo 2 de la ley 25.323, 8 y 15 de la ley 24.013, 80 LCT, la sanción establecida por el artículo 132 bis LCT; gastos por utilización de automóvil y la entrega de la certificación de servicios y aportes previsionales estatuida por el artículo 80 LCT, con costas a la actora… II) Diferir la regulación de honorarios de los letrados intervinientes para cuando exista base económica definitiva, la que se practicará de acuerdo a lo dispuesto por los artículos... de la ley 9459 y 277 LCT. III)... IV) ...cumpliméntese la tasa de justicia y con los aportes previstos por la ley 8404. V)...". Oportunamente se fijaron las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA CUESTION: ¿Es procedente el recurso de casación interpuesto por la parte actora

SEGUNDA CUESTION: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar

Practicado el sorteo de ley resultó que los señores Vocales emitieron su voto en el siguiente orden: doctores L.E.R., C.F.G.A. y M.M.B. de Arabel.

A LA PRIMERA CUESTION PLANTEADA:

El señor Vocal doctor L.E.R., dijo:

  1. El recurrente, cuestiona la decisión que excluyó la relación habida entre las partes del ámbito del derecho del trabajo. Afirma, que el Juzgador destacó diversas circunstancias para descartar la...

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