Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba - Sentencia nº 66 de Sala Laboral, 18 de Junio de 2013

Número de sentencia66
Fecha18 Junio 2013
Número de registro98165679
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Justicia de Córdoba de Argentina)

SENTENCIA NUMERO: SESENTA Y SEIS

En la ciudad de Córdoba, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil trece, siendo día y hora de Audiencia, se reúnen en Acuerdo Público los integrantes de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia, doctores L.E.R. y C.F.G.A., bajo la presidencia del primero de los nombrados, a fin de dictar sentencia en estos autos: "C.T.D.C./ ORGANIZACIÓN COORDINADORA ARGENTINA SA (OCA) - ORDINARIO - DESPIDO - REC/S. DIRECTO Y CASACION" 16803/37, a raíz del recurso concedido a la parte actora en contra de la sentencia N° 83/07, dictada por la Sala Undécima de la Cámara Única del Trabajo -Secretaría N° 22-, cuya copia obra a fs. 608/620, en la que se resolvió: “I)-Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por T.D.C.… y en consecuencia condenar a Organización Coordinadora Argentina S.A. al pago de:… II)- Costas a cargo de la demandada. III)-Rechazar la demanda en cuanto pretende el pago de haberes por los meses de enero al 7 de noviembre del año 2004, indemnización Art. 16 ley 25.561, Art. 2 ley 25323, asignación por tres hijos enero 2004, asignación por cuatro hijos por los meses febrero a octubre, ambos inclusive del año 2004, asignación por nacimiento de hijo, asignación decreto 905/03 por los meses de enero y febrero del año 2005, asignación decreto 1347/03 por los meses de enero a octubre, ambos inclusive del año 2004, multa Art. 80 ley 20744, con costas por el orden causado (Art. 28 ley 7987). IV)-Diferir la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes para cuando exista base económica definitiva, la que se practicará de acuerdo a lo dispuesto por los Arts… de la ley 8226…".

Oportunamente se fijaron las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA CUESTION: ¿Media errónea aplicación de la ley

SEGUNDA CUESTION: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar

Practicado el sorteo de ley resultó que los señores Vocales emitieron su voto en el siguiente orden: doctores L.E.R., C.F.G.A. y M.M.B. de Arabel.

A LA PRIMERA CUESTION PLANTEADA:

El señor Vocal doctor L.E.R., dijo:

I.1. El presentante por la actora denuncia que el rechazo de las vacaciones proporcionales del año 2004 obedece a una errónea interpretación del art. 152 de la LCT porque el Tribunal entendió que la referencia del texto a las enfermedades inculpables sólo abarca la etapa de licencia paga, pero no el período de reserva. Expresa, que tal exégesis distorsiona el dispositivo, en tanto la ausencia de prestación de tareas no...

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