Resolución Nº 503/GCABA/SSTRANS/13
Firmantes | Dietrich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Transporte |
Fecha de la disposición | 12 de Agosto de 2013 |
VISTO:
La Leyes Nros. 2.148, 2.930, 2.992, los Decretos Nros. 498/08, 660/11, las
Resoluciones Nros. 64/SSTRANS/11 435/SSTRANS/13, y el Expediente N°
3611961/13, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.992 se estableció la implementación de un Sistema de
Tránsito Rápido, Diferenciado y en Red para el transporte público masivo por
automotor de pasajeros denominado METROBUS DE BUENOS AIRES (MBA),
conocido mundialmente como BRT-Bus Rapid Transit o Metrobus- en todo el territorio
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la ejecución del METROBUS DE BUENOS AIRES tiene por finalidad mejorar la
calidad de vida de los habitantes de la Ciudad y del Área Metropolitana de Buenos
Aires; reducir los efectos negativos del transporte sobre el medio ambiente; conferir
prioridad a la circulación y operación del transporte masivo de pasajeros; diseñar un
sistema de transporte más eficiente optimizando la oferta de la flota y el kilometraje
recorrido; y favorecer el desarrollo sustentable;
Que según lo dispuesto en los artículos 11 y 12 de la Ley N° 2.992, la iniciativa deberá
realizarse progresivamente, iniciándose la primera etapa en un corredor modelo con el
objeto de generar experiencia valiosa en las acciones de ejecución, gestión, regulación
y controlador del futuro sistema;
Que en tal sentido, a través de la Resolución N° 64/SSTRANS/11, se implementó el
mentado Corredor Modelo del METROBUS DE BUENOS AIRES en los carriles
exclusivos construidos en la franja central de la Avenida Juan B. Justo;
Que simultáneamente, en materia de movilidad, la Ciudad de Buenos Aires ha
efectuado un conjunto de acciones tendientes a optimizar la operatoria del
autotransporte público de pasajeros priorizando su operatoria en las avenidas y
evitando de esa manera su circulación por las calles de menor sección;
Que el Corredor Modelo del METROBUS DE BUENOS AIRES "Juan B. Justo" mejoró
notoriamente las condiciones de movilidad de los usuarios del autotransporte público
de pasajeros, constatándose además una sensible reducción de las emisiones
contaminantes en la zona;
Que en tal sentido, a través de la Resolución N° 435/SSTRANS/13 se implementó el
Corredor METROBUS 9 DE JULIO emplazado en el centro de la Avenida 9 de Julio
desde la calle Arroyo hasta la Avenida San Juan;
Que en ese marco, y conforme lo normado por la Ley N° 2.992 se ha previsto la
implementación del METROBUS DEL SUR (RAMAL FERNÁNDEZ DE LA CRUZ)
sobre los carriles centrales de las Avenidas Fernández de la...
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