Resolución Nº 722/2013
Fecha de disposición | 01 Julio 2013 |
Fecha de publicación | 12 Agosto 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32699 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
ResoluciónNº 722/2013Registro Nº 639/2013
Bs. As., 1/7/2013
VISTO el Expediente Nº 1.555.014/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD (S.U.P.) por el sector sindical y la empresa P.C. PUBLICIDAD SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.555.014/13 y ha sido debidamente ratificado a fojas 12 de las mismas actuaciones.
Que el acuerdo cuya homologación se solicita se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/90 y a través del mismo se establece un premio que se denominará “Premio Presentismo” fijándose en consecuencia todas las pautas y parámetros para su percepción.
Que de las constancias obrantes en el Expediente citado en el visto surge y ha quedado acreditada la legitimidad conjunta de las partes citadas en el primer párrafo del presente para negociar colectivamente con los alcances pretendidos.
Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa firmante y con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que respecto a su ámbito temporal se fija la vigencia del acuerdo a partir del día 01 de marzo de 2013, de conformidad con lo establecido por sus celebrantes al respecto.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo de homologación, corresponde el giro a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin que evalúe la procedencia de elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD (S.U.P.) y la empresa P.C. PUBLICIDAD SOCIEDAD ANONIMA, el que luce a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.555.014/13, todo conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva...
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