Resolución Nº 702/2013

Fecha de disposición26 Junio 2013
Fecha de publicación08 Agosto 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32697



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 702/2013Registros Nº 610/2013 y Nº 611/2013

Bs. As., 26/6/2013

VISTO el Expediente Nº 1.493.042/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t. o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t. o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 400/404 del Expediente de referencia obran el Acuerdo y Anexos celebrados por la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, por el sector sindical y en representación de la parte empresarial: la ASOCIACION DE FRIGORIFICOS E INDUSTRIALES DE LA CARNE (AFIC), la UNION DE LA INDUSTRIA CARNICA ARGENTINA (UNICA) y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE SANTA FE (CAFRISA), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t. o. 2004).

Que asimismo, a fojas 407/410 obran el Acuerdo y Anexos celebrados entre la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, por el sector sindical y en representación del sector empleador: el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS (ABC) y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE ARGENTINA, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t. o. 2004).

Que cabe señalar que conforme surge de lo actuado a foja 417, la CAMARA DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE CARNES Y DERIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CICCRA) y la FEDERACION DE INDUSTRIAS FRIGORIFICAS REGIONALES ARGENTINAS (FIFRA) han ratificado las disposiciones del Acuerdo obrante a fojas 400/404.

Que la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA (CADIF) y la CAMARA DE INDUSTRIA FRIGORIFICA DE ENTRE RIOS (CAIFER) no suscribieron el Acuerdo precedentemente individualizado.

Que en tal sentido, es dable señalar que por imperio de las prescripciones previstas en el Artículo 5 de la Ley Nº 23.546 (t. o. 2004), las disposiciones pactadas en el Acuerdo traído a estudio resultarán de aplicación obligatoria para los trabajadores que se desempeñen en las empresas de los sectores representados por la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA (CADIF), la CAMARA DE INDUSTRIA FRIGORIFICA DE ENTRE RIOS (CAIFER).

Que mediante los presentes textos convencionales las partes pactaron condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/75, conforme surge de los términos y lineamientos estipulados.

Que las mismas se encuentran legitimadas para suscribir el presente, conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que asimismo han ratificado el contenido y firmas insertas en el texto convencional alcanzado, acreditando su personería con las constancias obrantes en autos y por ante esta Cartera de Estado.

Que el ámbito de aplicación de los Acuerdos de referencia se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t. o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio de los Acuerdos de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t. o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Decláranse homologados el Acuerdo y Anexos obrantes a fojas 400/404 del Expediente de referencia, celebrados por la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS y en representación de la parte empresarial: la ASOCIACION DE FRIGORIFICOS E INDUSTRIALES DE LA CARNE (AFIC), la UNION DE LA INDUSTRIA CARNICA ARGENTINA (UNICA) y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE SANTA FE (CAFRISA), ratificados por la CAMARA DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE CARNES Y DERIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CICCRA) y la FEDERACION DE INDUSTRIAS FRIGORIFICAS REGIONALES ARGENTINAS (FIFRA) conjuntamente con el Acta Complementaria obrante a foja 417; conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t. o. 2004).

ARTICULO 2°

— Decláranse homologados el Acuerdo y Anexos obrantes a fojas 407/410 del Expediente de referencia celebrados por la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS y en representación del sector empleador: el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS (ABC) y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE ARGENTINA, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t. o. 2004).

ARTICULO 3°

— Hágase saber que por imperio de las prescripciones previstas en el Artículo 5 de la Ley Nº 23.546, lo pactado en los Acuerdos homologados por el Artículo 1 y 2 de la presente, resulta de aplicación obligatoria para el sector representado por la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA (CADIF) y la CAMARA DE INDUSTRIA FRIGORIFICA DE ENTRE RIOS (CAIFER).

ARTICULO 4°

— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y Anexos obrantes a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR