Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Agosto de 2013, R. 375. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha01 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

.,,:, R.375.XLIX

RECURSO DE HECHO

R., A.O. el Provincia de Buenos Aires (Inst. P.. de Acc. Cooperativa) si de- .manda contencioso administrativa vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa R., A.O. cl Provincia de Buenos Aires (Inst.

P.. de Acc.

Cooperativa) si demanda contencioso administrativa", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja ha sido interpuesta extemporáneamente (arts.

282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y constancias de fs.

1 vta.; 50 vta. y 56).

Por ello, se desestima la queja.

N. y, oportunae.

I.;LUIS LORENZETTIC.;S. FAYT .J.;CARLOS MAQUEDA , •• I .

., E, R.;ZAFFARONI " . " ' \!_,

Recurso de' hecho deducido por el Dr. A.O.R., letrado en causa propia.

Tribunal de origen:

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

D.O.

00000001

00000002

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