Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Agosto de 2013, O. 245. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha01 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 245. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

O.M., J.M. y otro s/ robo agravado causa n° 90.428/11. C2S7/;w‹ÚjU 6/~ , I~..J_ aD/J1o GtJz 2013. Buenos Alres, ~--,; Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la Defensora Oficial de J.M.O.M. en la causa O.M., J.M. y otro si robo agravado causa n° 90.428/llH, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intimese a la parte recurrente a que, dentro del quinto dia, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo aperci- "n.

Hágase saber y archivese.

P-(/ I.HIGHTONk~o

Recurso de hecho interpuesto por J.M.O. ~orillas, representado por las Dras.

C.B.A. y M.F.G.S. de la XVII Defensoría de Pobres y Ausentes del Poder Judicial de Mendoza en su carácter de defensoras. Tribunal de origen:

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza. Tribunal que intervino con anterioridad:

Primer Juzgado de Garantías de Fla- grancia de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza.

D.O.

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