Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Agosto de 2013, L. 761. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha01 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 761. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

L6pez, J.A. si causa n° 110.703. cd.wtkjU rf/~ Buenos Aires, 1£ t:l'!..c. é}~1ot::k. ZOIB. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la defensa de J.A.L. en la causa L., J.A. s/ causa n° 110.703", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el apelante no ha dado cumplimiento a los recaudos establecidos por los artículos 4 y 7 incisos a, b y c del 0 0 reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde declarar inadmisible esta presentación.

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecu- ción. se saber ...----- R.;LUIS LORENZETTI ~.

E.. HI TON de ~Ol.ASCO L~ RIQUE S. PETRACCHI

Recurso de hecho interp~esto por J.A.L., con la defensa del Dr. J.C.M.. Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires y la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Pe- nal de San Nicolás.

D.O.

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