Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Agosto de 2013, B. 706. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha01 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. '706. XLVIII. RECURSO DE HECHO B., J.;A. y otro sI causa nO 13.746. Q9tiú› rk "U, ~‹¡ttic&zIéna,.w Buenos Aires, /~ de aftDló de 201.3.. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la Defensora Oficial de J.A.B. y S.E.S. en la causa B., J.A. y otro si causa nO 13.746", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intimese a cada uno de los recurrentes a que, dentro del quinto dia, acompañen copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúen el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil" y Comercial de la Nación a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archivese.

IUEDA e E. RAULZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por J.A.B. y S.E.S., representados por la doctora M.G., Defensora PUblica Ofi- cial. Tribunal de origen:

Cámara Federal de Casación Penal, Sala l. Tribunal que intervino con anterioridad:

Tribunal Oral de Menores nO 3 de Ca- pital Federal. -'

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