Resolución Nº 659/2013
Fecha de disposición | 24 Junio 2013 |
Fecha de publicación | 19 Julio 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32683 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
ResoluciónNº 659/2013Registro Nº 550/2013
Bs. As., 24/6/2013
VISTO el Expediente Nº 1.532.965/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que bajo las presentes actuaciones tramita la solicitud de homologación del Acuerdo y escalas salariales, obrantes respectivamente a fojas 5/6 y 50 de autos, celebrados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 27/88, entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA), y la empresa CON-SER SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del mentado instrumento las partes convienen nuevas condiciones económicas para los trabajadores de la empleadora, comprendidos en el precitado Convenio Colectivo de Trabajo, con vigencia desde el mes de Julio de 2012, hasta el mes de Septiembre de 2013, conforme los detalles allí impuestos.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004); entre ellos la participación de la Representación Sindical en las empresas, conforme lo dispuesto por el Artículo 17 de dicho cuerpo legal.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos, como así ratifican en un todo los mentados instrumentos.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez ello corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, de conformidad con la exigencia impuesta por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
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