Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2013, S. 1067. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha02 Julio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

""'. S. 1067. XLVIII. S.M., H.E. el Transporte Metropo- litano General San Martin SA y otro si daños y perjuicios. Q9Í;w dejU rfJ9~ Buenos Aires, ..¿ c£e2~ c:ú- ..2v7,:j. Vistos los autos: "S.~ina, H.;Enrique el Transporte Metropolitano General San Martin SA y otro si daños y perjui- cios". Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se lo desestima.

Con costas. N. y devuélvase.

E. RAUL ZAFFARONI

Recurso extraordinario deducido por Trainmet Seguros S.A. en liquidación, ci- tada en garantía, representada por la Dra. G.J.M.. Traslado contestado por R.E.S.M., actor en autos, representado por la Dra. M. ~ba A. de ~meida.

Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S.M.T. que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en 10 Civil n° 29.

D.O.

00000001

00000002

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