Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2013, L. 7. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha02 Julio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 7. XLIX.

RECURSO DE HECHO

L., G.S. s/ querella por calumnias e injurias -causa nO 5512/08-. r '?-C..(3.

Buenos Aires, den b ck vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por D.J.D.F. en la causa L.,. G.S. s/ querella por calumnias e injurias -causa nO 5512/08-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el escrito de interposición del recurso de queja no cumple con el recaudo previsto en el arto 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja.

Dese por perdido el depósito de fs. l. quese y, oportunamente, archívese.

ENRIQUE S. PETRACCHI E. RAULZAFFARONI

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L. 7. XLIX.

RECURSO DE HECHO L., G.S. si querella por calumnias e injurias -causa n° 5512/08-.TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚLZ. Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queje.

Dese por perdido el depósito de fs. l. N.E. RAUL ZAFFARONI

.~.1 • Recurso de hecho interpuesto por el señor D.J.D.F., representado por el Dr. G.G., en su calidad de letrado patrocinante. Tribunal de origen:

Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario, S.I.; Juzgado de Primera Instancia Correccional de la Quinta Nominación de Rosario. -4- 7

D.O.

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