Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2013, G. 922. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha02 Julio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

,"~O G, 922.

XLVIII.

RECURSO DE HECHO G., M. y otros si apremios ilegales -causa n° 99.025-.

Buenos Aires, 2 ae~Q d.e 2010. Vistos los autos:

~Recurso de hecho deducido por la defensa de M.G., A.S. y R.R. en la causa G., M. y otros s/ apremios ilegales -causa n° 99.025-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el apelante no ha dado cumplimiento a los recaudos establecidos en el arto 7°, inciso c del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde declarar inadmisible esta presentación directa.

Por ello, se desestima la queja.

Intimese a los recurrentes a que, dentro del quinto dia, efect0en el depósito que dispone . el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y baj o apercibimiento de ej ecución.

Hágase saber e.

R.;LUIS lORENZETTI ENRIQUE S PETRACCHI

Recurso de hecho interpuesto por M.R.G., A.A.S.- teno C. y R.A.R.N., asistidos por los Dres. C. An- tonio R. y E. De Oro. Tribunal de origen:

Corte Suprema de la Provincia de Mendoza, Sala Segunda. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Segunda Cámara del Crimen de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza.

D.O.

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