Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2013, D. 726. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha02 Julio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 726. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

D., Osear Alberto 5/ p.s.a. homicidio cali- ficado -causa n° 50/2012-. Buenos Aires, 2 d.e.JuLio d.e. 20/3. Vistos los autos:

nRecurso de hecho deducido por la defensa de O.A.D. en la causa D., O.A. s/ p.s.a. homicidio calificado -causa n° 50/2012-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intimese a la parte recurrente a que dentro del quinto dia acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archivese.

~.

L

Recurso de hecho deducido por O. ~berto oávila, asistido por el. Dr. J.- quín P.F.. Tribunal de origen:

Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cqrdoba. Tribunal que intervino anteriormente:

Cámara Criminal y Correccional de la ciudad de Río Tercero.

D.O.

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