Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2013, A. 1254. XLIV

Sentido del falloDEJA SIN EFECTO - RECURSO DE QUEJA
Fecha02 Julio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

,"", A. 1254. XLIV. RECURSO DE HECHO A., J.E. el Estado Nacional (Estado Mayor General del Ejército) si Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg. Buenos Aires, 2... cle. J.;Ji O cl-e.. '2.0.1~. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa A., J.E. cl Estado Nacional (Estado Mayor General del Ejército) si Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las cuestiones planteadas en el recurso extraordinario guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa "Oaus, O.N. cl Ma del Interior y otros" (Fallos:

329: 2886), a cuyas consíderaciones cabe remítir, en lo pertinente, en razón de brevedad.

Que el juez M. remite a su disidencia en los autos supra citados.

Por ello, por mayoría, y oída la señora Procuradora Fiscal, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada.

Vuelvan -11-

-l/-los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente.

N., agréguese la queja al principal y, oportuna- mente, remítase / /' / / / RICARDO LUIS LORENZETTI E S. PETRACCHI / JUAN CARLOS MAQUEDA

A.

1254.

XLIV.

RECURSO DE HECHO A., J.;Eduardo el Estado Nacional (Estado Mayor General del Ejército) sI Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.

Recurso de hecho interpuesto por J.E.A., actor en autos, representado por el Dr. M.S.L., en calidad de apoderado.

Tribunal de origen:

Sala 111 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Tribunal que intervino.con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nO 12.

'j'.'='~ I 1 , ,

D.O.

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