Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Junio de 2013, R. 711. XXXV

Sentido del falloDESESTIMA -
Fecha25 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 711. xxxv.

ORIGINARIO

R.;Blanco, S.C. elS. delE., Provincia de ylo Registro General de la Propiedad Inmueble de Santiago del Estero sI danos y perjuicios. Buenos Aires,)..,,[ dt.. ~'() ¿ 2t;1:3 _ Autos y Vistos; Considerando:

Que la cuestión planteada resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en la causa A.394.XIX "Al zaga de L., M.J. y otros cl Buenos Aires, Provincia de sI danos y perjuicios", sentencia del 26 de septiembre de 2012, en lo que concierne al planteo de prescripción de la obligación del pago de la tasa de justicia, a cuyos fundamentos y conclusión corresponde remitir en razón de brevedad y con el propósito de evitar repeticiones innecesarias.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el senor representante del Fisco, se resuelve:

l.

Desestimar el planteo de prescripción opuesto a fs.

175/177.

11.

Intimar a la actora para que en el plazo de cinco dias practique la liquidación correspondiente a los intereses reclamados, ba' apercibimiento de ejecución y multa.

N..

C.;S. FAYT (;) ./ JU~ C.;MAQUEDAC.;M. ARGIBAV

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D.O.

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