Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Junio de 2013, I. 151. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha18 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

," 1. 151. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

Irel, L.J. sI causa n° 15,158. .- ~áejUcf7~ rO Buenos Aires, /4' of.e,. ct.e 201B. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por L.J.I. en la causa Irel, L.J. si causa n° 15.158", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archívese, previa devolución de los ENRIQUE S PETRACCHI e CARMENM.f‹ • E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por L.J.I., representado por el Sr. Defensor Oficial Dr. J.H.L.. Tribunal de origen:

Sala 1 de la Cámara Federal de Casación Penal. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia.

D.O.

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