Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Junio de 2013, V. 115. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha11 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

v. 115. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

V.E., M.C. elC., S.M. y otros si daños y perjuicios . .

Buenos Aires, 4-f~CL-~ d.‹.. 20ló Vistos los autos:

"R.~ de hecho deducido por M.C.V.E. por si y por sus hijos menores en la causa V.E., M.C. cl C., S.M. y otros si danos y perjuicios", para decidir sobre su proceden- cia. Considerando:

Que el recurso extraOrdinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

N. y, previa deautos prl cipales, archívese.

Recurso de hecho interpuesto por M.C.V.E. por su propio derecho y en representación de sus hijas menores de edad A.D.E.R. y M.N.R., con el patrocinio del Dr. W.F.S.B.. Tribunal de origen:

Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 99.

D.O.

00000001

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