Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Junio de 2013, A. 1185. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha11 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

.~'" A. 118S. XLVIII.

RECURSO DE HECHO

A., E.M. el Instituto Médico Constitu- yentes S.A. si despido. Buenos Aires, J..{ ~ ~ c9-.R-""2.0~3 vistos los autos:

"Recurso de hecho ~educido por la actora en la causa A., E.M. cl Instituto Médico Constituyentes S.A. si despido", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

H. saber y, oportuna- mente, archívese. RICARDO LUIS LORENZETTI JUAN CARLOS MAQUEDA E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por E.M.A., actora en autos, representada por los Ores. P.I.P. y J.S. delF.. Tribunal de origen:

Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Traba- jo. Tribunales anteriores:

Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo nO 56.

D.O.

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