Disposición Nº 260/2013

Fecha de disposición21 Mayo 2013
Fecha de publicación13 Junio 2013
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32660



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DisposiciónNº 260/2013Registro Nº 449/2013

Bs. As., 21/5/2013

VISTO el Expediente Nº 1.558.832/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 18/21 del Expediente Nº 1.558.832/13 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa RAPI ESTANT SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FINANCIERA E INMOBILIARIA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho acuerdo los agentes negociadores convienen condiciones salariales, conforme surge de los términos pactados.

Que en relación con la prórroga de las sumas no remunerativas prevista en el acuerdo de marras, debe tenerse presente que la atribución de carácter no remunerativa es de origen legal y de alcance restrictiva. Correlativamente la atribución autónoma de tal carácter es excepcional y, salvo en supuestos especiales legalmente previstos, debe tener validez transitoria, condición a la que las partes se ajustan en el presente.

Que, en función de lo expuesto, una vez vencido el plazo estipulado por las partes, que resulta improrrogable, el incremento acordado adquirirán carácter no remunerativo de pleno de derecho y a todos los efectos legales.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de registración, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 570/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el acuerdo celebrado UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA y...

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