Resolución Nº 486/2013

Fecha de disposición31 Mayo 2013
Fecha de publicación10 Junio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32657



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ResoluciónNº 486/2013Reconócese a la Asociación del Personal de los Organismos de Control, la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.

Bs. As., 31/5/2013

VISTO el expediente Nº 1.407.072/10 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Leyes Nº 25.674 y Nº 26.390; Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL (APOC), con domicilio en Bartolomé Mitre Nº 1553, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita la ampliación del ámbito de actuación, con carácter de Inscripción Gremial.

Que la mencionada entidad obtuvo Personería Gremial otorgada por Resolución Nº 511 de fecha 6 de agosto de 1962 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla inscripta bajo el Nº 534.

Que el ámbito de actuación personal y territorial pretendido se encuentra incluido en el Artículo 2° del estatuto que fuera aprobado por Resolución Nº 908 de fecha 13 de octubre de 2009 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que la entidad dio cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 21 inciso “b” de la Ley Nº 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente corresponde aprobar la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial acreditado por la peticionante.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Reconócese a la ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL (APOC), con domicilio en Bartolomé Mitre Nº 1553, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial a todo...

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