Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Junio de 2013, V. 485. XLVII

Sentido del falloDEJA SIN EFECTO - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha04 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

v. 485. XLVII. V., I.D. el Estado Nacional - MO del Interior - Policía Federal si daños y perjulcloS. Buenos Aires, -4 ole- JUMO de ~3.

Vistos los autos:

"V., I.D. cl Estado Nacional - MO del Interior ~ Policía Federal si daños y perjui- cios". Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones expuestos en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por aquélla, se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto y se deja sin efecto la decisión apelada.

Con costas.

Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con o al presente.

N.-R.;LUIS LORENZEITIE. RAUL ZAFFARONI

;.é''¡" { .•••. ...

. . .

, " , l.

V. 485.

XLVII.

V., I.D. el Estado Nacional - MO del Interior Policía Federal si daños y ; perjuicios.

~ ,TO DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA ELENA l. HIGHTON de NOLASCO y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que las cuestiones traidas a conocimiento de esta Corte encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado en el precedente de Fallos:

330:5205; "Arag6n, Ra~l E. c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior ~ Gendarmeria Nacional s/ danos y perjuicios" ~disidencia de los jueces Highton de N. y Z.~, a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir.

Por ello, habiendo dictaminado la senora Procuradora Fiscal, se deja sin efecto la sentencia apelada.

Costas por su orden habida cuenta la indole de la cuesti6n debatida (art.

68, segunda parte, del C6digo Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Vuelvan los autos al Tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expuesto.

N // E. RAUL ZAFFARONIE. l. HIGHTON de NOLASCO

Recurso extraordinario interpuesto por I. autos, representado por D.V., actor en el Dr. W.V.F., en calidad de apoderado. Traslado contestado por la Policía Federal Argentina, demandada en autos, representada por el Dr. N.D.C., en calidad de apoderado. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Federal, S.I. y Comercial Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 7.

D.O.

00000001

00000002

00000003

00000004

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR