Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Junio de 2013, C. 411. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha04 Junio 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 411. XLVIII. C.V., P.M. el MO J. Y DDHH - art.' 3° ley 24.043 - resol. 266/09 (ex. 149.648/05).

').OJ3. Buenos Aires, Vistos los autos: "C.;Villarreal, P.;Martin c/ M" J. y DDHH arto 3" ley 24.043 resol.

266/09 (ex.

149.648/05)".

Considerando:

Que las cuestiones que se debaten en la presente causa son sustancialmente análogas a las resueltas en G.391.XLIV "G., J.C. c/ Ministerio de Justicia y Derechos .Humanos arto 3" ley 24.043 resol.

1180Z06", del 3 de agosto de 2010, a cuyos términos y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, y oida la señora Procuradora Fiscal, se declara procedente el recurso extraordinario deducido y se deja sin efecto la sentencia impugnada ..Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de qu:, por quien corresponda, proceda a dictar nuevo pronunciamiE~to con arreglo al presente. CARDO L.;LORENZETTI ElENA 1.HIGHTON de NOLASCO JUAN CAR OS MAQUEDA -1- E..RAUL ZAFFARONI

Recurso extraordinario interpuesto por:

P.M.C.V., representado por el Dr. M.C.. Traslado contestado por:

el Estado Nacional, representado por la Dra. C.B.C., con el patrocinio del Dr. G.A. ~guens.

Tribunal de origen:

Cámara Nacional en 10 Contencioso Administrativo Federal, S.I..

D.O.

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