Resolución 210/2013

Fecha de disposición17 Mayo 2013
Fecha de publicación06 Junio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32655



Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

SEGURIDAD INTERNACIONAL

Resolución210/2013Danse a conocer medidas adoptadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Bs. As., 17/5/2013

VISTO el Expediente Nº 7839/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº 1521 del 1° de noviembre de 2004 y las Resoluciones Nros. 1928 de fecha 7 de junio de 2010, 1985 de fecha 10 de junio de 2011 y 2050 de fecha 12 de junio de 2012, todas del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1° del Decreto Nº 1521/04 estipula que las resoluciones del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de esa organización y que decidan medidas obligatorias para los Estados Miembros, que no impliquen el uso de la fuerza armada, y conlleven sanciones, así como las decisiones respecto de la modificación y finalización de éstas, serán dadas a conocer por este Ministerio a través de resoluciones a publicarse en el Boletín Oficial.

Que mediante la Resolución Nº 52 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se dieron a conocer las sanciones adoptadas por la Resolución Nº 1718 de fecha 14 de octubre de 2006 del Consejo de Seguridad de NACIONES UNIDAS, respecto de la REPUBLICA POPULAR DEMOCRATICA DE COREA.

Que mediante la Resolución Nº 409 de fecha 27 de agosto de 2009 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se dio a conocer el régimen de sanciones adoptado por la Resolución Nº 1874 de fecha 12 de junio de 2009 del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS, referido a la REPUBLICA POPULAR DEMOCRATICA DE COREA.

Que mediante las Resoluciones Nros. 1928 de fecha 7 de junio de 2010, 1985 de fecha 10 de junio de 2011 y 2050 de fecha 12 de junio de 2012 del Consejo de Seguridad de las NACIONES UNIDAS se prorrogó el mandato del Grupo de Expertos.

Que resulta preciso dar a conocer la prórroga del mandato del Grupo de Expertos establecida por las resoluciones mencionadas precedentemente.

Que la Dirección de Organismos Internacionales propicia el dictado de la presente resolución.

Que la Representación Especial para Asuntos de Terrorismo y otros Delitos Conexos, la Dirección de Asia y Oceanía, la Dirección de Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares y Espaciales, la Dirección General de Asuntos Consulares, la Dirección General de Consejería Legal, la SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto Nº 1521 de fecha 1° de noviembre de 2004.

Por ello,

EL MINISTRO

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°

— Danse a conocer las medidas adoptadas por las Resoluciones Nros. 1928 de fecha 7 de junio de 2010, 1985 de fecha 10 de junio de...

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