Resolución 477/2013

Fecha de disposición03 Junio 2013
Fecha de publicación05 Junio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32654



Ministerio del Interior y Transporte

TRANSPORTE FERROVIARIO

Resolución477/2013Rescíndese Contrato de Concesión suscripto con la Empresa Tren de la Costa Sociedad Anónima.

Bs. As., 3/6/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0019301/2012 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 23.696 y el Decreto Nº 666 de fecha 1° de septiembre de 1989, la ex Empresa FERROCARRILES ARGENTINOS, efectuó el Llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 2.145/90, para la explotación de un Sistema de Transporte Ferroviario en el sector comprendido entre la Estación MITRE II y ex Estación DELTA y para la explotación comercial de las áreas aledañas comprendidas entre la nueva Estación MITRE II y ex Estación DELTA.

Que a través de la Resolución Nº 529 de fecha 5 de septiembre de 1991, la ex Empresa FERROCARRILES ARGENTINOS, preadjudicó la citada licitación a la Empresa SOCIEDAD COMERCIAL DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA.

Que por Resolución Nº 1.052 de fecha 1 de septiembre de 1992 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se aprobó lo actuado por la ex Empresa FERROCARRILES ARGENTINOS, en lo referido a la propuesta de adjudicación y proyecto de Contrato de Concesión del Corredor BORGES - DELTA a la firma SOCIEDAD COMERCIAL DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA.

Que en orden a lo establecido en los artículos 2.1 y 2.12 del Pliego de Bases y Condiciones, la SOCIEDAD COMERCIAL DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA constituyó la Sociedad TREN DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA.

Que con fecha 7 de octubre de 1992 se celebró el Contrato de Concesión entre el ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Empresa TREN DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA, por el cual se otorgó a favor de esta última la explotación del sistema de transporte ferroviario en el Ramal comprendido entre las estaciones MITRE II y ex DELTA y la explotación comercial de las áreas aledañas, las que están delimitadas en los Anexos IV y V en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones y a la oferta realizada por SOCIEDAD COMERCIAL DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA en la variante denominada “PROYECTO CON EXPANSION”, documentación ésta que se considera parte integrante del contrato.

Que asimismo, por el Decreto Nº 204 de fecha 11 de febrero de 1993, se aprobó el Contrato de Concesión suscripto con fecha 7 de octubre de 1992.

Que el objeto del llamado a licitación consistió en una concesión integral de la explotación, que comprendía la rehabilitación del ramal, la reimplantación del sistema de transporte ferroviario y la consiguiente operación del servicio, conjuntamente con un proyecto arquitectónico y urbanístico que recupere la zona comprendida en su recorrido.

Que con fecha 19 de abril de 1995 se dictó la Resolución Nº 531 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por la cual se relevó a la ex Empresa FERROCARRILES ARGENTINOS del control del cumplimiento del contrato de concesión suscripto con TREN DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA, adjudicándose dicho cometido a la ex COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO, hoy COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que con fecha 7 de enero de 1999, se suscribió entre la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.) y el ex ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, competencia derivada al entonces ORGANISMO NACIONAL DE BIENES, un Convenio de Coordinación y Cooperación estableciéndose que compete a la citada Comisión, todo lo relativo al control y fiscalización de la seguridad del transporte ferroviario y la protección de los derechos de los usuarios y al ex Ente, la preservación de los terrenos pertenecientes a la ex EMPRESA FERROCARRILES ARGENTINOS destinados a la explotación comercial no ferroviaria y la percepción de los cánones contractuales.

Que con fecha 18 de enero de 2010, la Concesionaria presentó un reclamo administrativo previo, en los términos del artículo 30 y...

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