Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Mayo de 2013, L. 1330. XLII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha28 Mayo 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 1330. XLII.

RECURSO DE HECHO

-"-'. ~- ' Laiton, G.K. y otros el Fiore SA y otros. Buenos Aires, ¿ ~ ol.L ~ Vistos lo~ autos:

"L., G.K. otros cl Fiare SA y otros". Considerando:

Que las cuestiones planteadas en la presente quej a encuentran adecuada respuesta -en lo pertinenteen las consideraciones que los que suscriben vertieron, respectivamente, en la causa "B., H.O. clP.C.S.A. y otros" (Fallos:

332: 2815), a cuyos fundamentos y conclusiones remiten en razón de brevedad.

Por ello, se desestima el recurso de hecho.

D. perdido el depósito de fs. l.

N. y, oportunamente, archí- vese. . 1/ ELENA 1.HIGHTON de N ca)~ ~/J. I.!~l\ / .

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".'I,{ L. 1330. XLII.

RECURSO DE HECHO

L., G.K. y otros el Fiore SA y otros.TO DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA ELENA l. HIGHTON de NOLASCO Considerando:

Que el recurso extraordinario cuyo rechazo originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima el recurso de hecho.

D. perdido el depósito de fs. l.

N. y, oportunamente, archivese.

ELENA!. HIGHTON de NotASCO

Recurso de hecho interpuesto por Fiat Argentina S.A., representada y patrocinada por C.E.S.. Tribunal de origen:

Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado del Trabajo n° 38.

D.O.

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