Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Mayo de 2013, A. 1211. XLVIII

Sentido del falloCOMPETENCIA
Fecha28 Mayo 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A.

1211. XLVIII.

RECURSO DE HECHO Are1lana, C.M. si tentativa de homicidio -causa nO 5491-.

Buenos Aires, Z,R d.e ~b de ~a. Autos y Vistos; Considerando:

Que la parte recurren.te no ha dado cumplimiento a la intimación que a fs.

38 le formuló el Secretario del Tribunal en los términos del inc. c, de la acordada 13/90 (Fallos:

313:21), texto según modificación de la acordada 35/90 (Fallos:

313:37) Por ello, corresponde tener por no presentado el recurso de hecho de fs.

29/37 vta.

H. saber y archívese.

ENRIQUE S PETRACCHI / CARMEN M. ARGIBAY JUAN CARLOS MAClUEDA

Recurso de hecho deducido por C.M.A., representado por el defensor particular Dr. G.;Ernesto Retamar. Tribunal de origen:

Superior Tribunal de la Provincia de Entre Ríos, Cámara Penal y de Asuntos Constitucionales. Tribunales que intervinieron anteriormente:

Cámara I del Crimen, S.I. de Paraná.

D.O.

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