Resolución 225/2013

Fecha de disposición21 Mayo 2013
Fecha de publicación28 Mayo 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32648



Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PASTA CELULOSA Y PAPEL PARA DIARIOS

Resolución225/2013Fíjase el volumen estimado de importaciones necesarias para el trimestre abril-junio de 2013 de papel para diario.

Bs. As., 21/5/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0077756/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.736, las Resoluciones Nros. 9 de fecha 12 de enero de 2012, 130 de fecha 18 de abril de 2012, 832 de fecha 13 de diciembre de 2012 y 7 de fecha 15 de enero de 2013, todas ellas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.736 ha declarado de interés público la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios y ha creado un marco regulatorio participativo cuyo objetivo esencial es asegurar para la industria nacional la fabricación, comercialización y distribución regular y confiable de dichos insumos.

Que la producción de papel para diarios constituye una actividad primordial, ya que buena parte de la transmisión cultural y periodística en las sociedades modernas se realiza en dicho formato, siendo los medios escritos una fuente vital de acceso a las noticias y a la cultura.

Que en ese contexto y en cumplimiento de la cláusula de acceso igualitario de todos los medios gráficos al citado insumo esencial, así como de la declaración de interés público de la producción de papel para diarios, se establece en el Artículo 26 de la Ley Nº 26.736 que la Comisión Federal Asesora para la Promoción de la Producción y Uso Sustentable de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios estimará, trimestralmente, las necesidades de importación de pasta celulosa y de papel para diarios, como así también la producción nacional máxima de pasta celulosa y de papel para diarios, a partir de la información provista por los fabricantes, conforme lo establecido en el Artículo 20 de la citada ley, a fin de asegurar el abastecimiento pleno del mercado local.

Que conforme el Artículo 6° de la Resolución Nº 9 de fecha 12 de enero de 2012 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Secretario de Comercio Interior formalizó la integración de la Comisión Federal Asesora citada, conforme a las previsiones de la Ley Nº 26.736.

Que dicha Comisión Federal Asesora, en su reunión de fecha 11 de abril de 2013 resolvió mantener para el trimestre abril-junio de 2013, el volumen estimado de importaciones necesarias en VEINTE MIL (20.000) toneladas de papel...

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