Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Mayo de 2013, S. 766. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha21 Mayo 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S.

766.

XLVIII.

RECURSO DE HECHO

Sepúlveda, J.C. s/ homicidio calificado -causa n° 25.723/12-.

Buenos Aires, 21 ole ~O c:::te 2013. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la Defensora Oficial de J.C.S. en la causa S., J.C. si homicidio calificado -causa nO 25.723/12-" ,para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

Intimese a la parte recurrente a que dentro del quintodia, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el arte 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archivese.

/ /

Recurso de hecho deducido por la Dra.

M.R.C.L., DefensoraGe- neral de la provincia de Rio Negro. Tribunal de origen:

Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Tribunal qué intervino con anterioridad:

Cámara I en lo Criminal de Cipo- lletti.

D.O.

00000001

00000002

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR